jueves, 24 de febrero de 2011

COMO ESTA CONSTITUIDO EL GOBIERNO ESCOLAR

LA Integración del Consejo Directivo. El Consejo Directivo de los establecimientos educativos estatales estará integrado por:
1. El Rector, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente.
2. Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de docentes.
3. Dos representantes de los padres de familia elegidos por la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia.
4. Un representante de los estudiantes elegido por el Consejo de Estudiantes, entre los alumnos que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecido por la institución.
5. Un representante de los ex alumnos elegido por el Consejo Directivo, de temas presentado por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos o en su defecto, por quien haya ejercido en el año inmediato anterior el cargo de representante de los estudiantes.
6. Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local o subsidiariamente de las entidades que auspicien o patrocinen el funcionamiento del establecimiento educativo. El representante será escogido por el Consejo Directivo, de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones.
*Los administradores escolares podrán participar las deliberaciones del Consejo Directivo con voz pero sin voto, cuando este les formule invitación a solicitud de cualquiera de sus miembros.
*Dentro de los primeros sesenta días calendario siguientes al de la iniciación de clases de cada período lectivo anual, deberá quedar integrado el Consejo Directivo y entrar en ejercicio de sus funciones. Con tal fin el rector convocará con la debida anticipación, a los diferentes estamentos para efectuar las elecciones correspondientes.
*Si la elección de los integrantes del Consejo Directivo, entrarán en funciones hasta cuando tal proceso se cumpla, un Consejo Directivo provisional, cuyos representantes se seleccionarán así:
1. El representante de los estudiantes será el alumno del último grado que ofrezca el establecimiento y cuyos apellidos es el primero en el Orden alfabético. Como suplente actuará el siguiente en el mismo orden.
2. Los representantes de los padres de familia serán los dos que designe la junta de padres familia, si existiere. En los demás casos lo serán el padre o madre de cada uno de los alumnos más antiguas entre los matriculados.
3. Los representantes de los docentes serán elegidos por ellos mismos,
4. El representante de los ex alumnos será el designado por la asociación respectiva o en su defecto, el más antiguo que acepte la designación.
5. El representante de los Sectores productivos o entidades patrocinadoras sólo actuará en Consejo Directivo correspondiente al año lectivo que se inicie en 1995.
De todas maneras el Consejo Directivo deberá estar integrado definitivamente a más tardar el 15 de marzo de 1995 y en caso contrario el reconocimiento oficial del establecimiento quedará suspendidos, sin perjuicios de las sanciones que le puedan ser impuestas al rector" (...)
-Funciones de Consejo Directivo. Las funciones del Consejo Directivo de los establecimientos educativos serán las siguientes:
a. Tomar las decisiones que afectan el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos privados.
b. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia;
c. Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de 1ª institución;
d. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos.
e. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sientan lesionado;
f. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el Rector:
g. Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo Institucional, del currículo y del plan de estudios someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley y los reglamentos.
h. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución educativa;
i. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social el alumno que han de incorporarse al reglamento o manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrario, a la dignidad estudiante;
j. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución:
k. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas;
l. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa;
m. Promover las relaciones, de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles;
n. Fomentar la conformación de asociación de padres de familia y de estudiantes;
ñ. Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente Decreto;
o. Aprobar el presupuesto de ingreso y gastos de los recursos propios y los provenientes de pago legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros de textos y similares, y
p. Darse su propio reglamento.

miércoles, 9 de febrero de 2011

PERSONERO ESTUDIANTIL

                                        REQUISITOS PARA SER ELEGIDO PERSONERO:

1 Haber cursado los dos últimos  tres años en la institución
2 No haber sido sancionada con matricula condicional, suspensión del colegio,por la comisión de        faltas graves o muy graves durante los dos últimos años.
3 No tener problemas de uniforme
4 Cumplir con el perfil tomasino
                                             
                                                        
                                               
                                                        ¿COMO SE ELIGE?


- El personero estudiantil es un estudiante que cursa el ultimo grado que ofrece  la institución y si es elegido dentro de los treinta días  siguientes  a la  iniciación de clases de  periodo lectivo anual 


-El rector convoca a los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto


-El cargo de personero es incompatible con el de representante  ante el consejo directivo






                                                            FUNCIONES


1 Promover el cumplimiento de los derechos  y los deberes de los estudiantes   


2 Recibir y evaluar las quejas y los reclamos que presenten los educandos sobre el quebrantamiento a sus  derechos  y  los que  formule cualquier  persona de la comunidad sobre  el incumplimiento de los deberes  de los alumnos

3 Presentar al rector las solicitudes necesarias para proteger los derechos y facilitar el cumplimiento de los deberes


4 Apelar ante el consejo directivo u  otras instancias respecto alas decesiones que considere injustas   


5 Presentar informes de su labor al consejo estudiantil y estudiantes en general                    






                     MOTIVOS DE REMOCIÓN DEL MANDATO DEL PERSONERO


-Tres quejas justificadas respecto a situaciones diferentes, presentadas por escrito ante el  consejo directivo por negligencia en le cumplimiento de sus funciones. estas quejas pueden ser presentadas por los estudiantes, docentes y/o padres de familia suficientemente argumentadas .


- Comprobada parcialidad en la soluciones de un conflicto


-Infracción de alguna norma del manual de convivencia que implique suspencion de la institución


- En caso de la perdida de la perdida  de investidura debe asumir el cargo la persona que obtuvo la segunda mayor votación y cumplirá esta función hasta  finalizar el año lectivo. de igual manera se aplica en  caso de renuncia a un cargo elegido por mayoría.

JJAJAJA

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